E N   C O N F I N A M I E N T O           VIOLENCIA INSTITUCIONAL HACIA LA RED NACIONAL DE REFUGIOS

L A   O M I S I Ó N   D E L   G O B I E R N O   M E X I C A N O 

Durante la pandemia, uno de los focos centrales ha sido la falta de atención a la violencia contra las mujeres, implicándose en ello, las responsabilidades de los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), para clarificar las funciones de atender, prevenir, impartir justicia o reparar el daño, mismas que organismos internacionales como la CEDAW, plantean con urgencia para México debido a su omisión.

En principio, los refugios están establecidos como derecho en el Artículo 52 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que son un mecanismo cuyo propósito recae en proteger a las mujeres, sus hijas e hijos, en situaciones de violencia extrema. En el capítulo V, denominado "De los refugios para las víctimas de violencia", se detalla la importancia de estos espacios, así como de los servicios que deben ofrecer, para lo cual, el presupuesto resulta sustancial.

Además del retraso, las omisiones en el presupuesto, recaen en los procesos burocráticos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, misma que agregó un mes de presupuesto, siendo un total de nueve, pero no hubo un incremento monetario, pues se mantuvo en la mayoría de los refugios la misma cantidad que tuvieron en 2019, pero para ejercerlo en nueve meses.

En cuanto a la impunidad, cabe mencionar que los refugios constituyen una respuesta a la violencia y deben hacer un trabajo integral para ello, pero no son instancias que imparten justicia. Esta es responsabilidad del Poder Judicial, el que debe ejercerla desde la perspectiva de género, con un enfoque de derechos humanos y luego de ello, debe existir una reparación del daño.

Estas acciones implican que se está dejando de lado el principio de progresividad de los derechos humanos, el cual, de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), "para el cumplimiento de ciertos derechos se requiere la toma de medidas a corto, mediano y largo plazo, pero procediendo lo más expedita y eficazmente posible". 

La colectiva Abogadas Glitter, afirma que "el gobierno mexicano atenta contra ese principio pues con sus omisiones, por ejemplo, la de no otorgar en tiempo y forma la partida presupuestaria asignada a los refugios, impide el cumplimiento pleno de aquellas medidas que ayudan a mitigar las consecuencias de la violencia familiar contra las mujeres".

Por su parte, con base en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), los Estados parte que hayan ratificado la convención, entre los que se encuentra México, deben condenar todas las formas de violencia contra la mujer y adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.

En tales responsabilidades, no se cumplen los indicadores que entrega el mecanismo de seguimiento de la Convención Belém do Pará. De esta manera, el gobierno mexicano debe fortalecer a los refugios para que cuenten con más recursos, pero también, de acuerdo con la activista feminista Yndira Sandoval, "no puede seguir confundiendo el síntoma con la enfermedad".

Poner énfasis en el Programa Nacional de Prevención resulta prioritario, o que los refugios dejen de ser un programa para convertirse en una política pública que no dependa del sexenio en turno.

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